Earn money with AlertPay El Liberalismo es la unica salida a la pobreza: 09/01/2010 - 10/01/2010

lunes, 27 de septiembre de 2010

Informática Jurídica de Gestión

Informática Jurídica de Gestión

Según el Diccionario de la Real Academia Española gestión es la acción y efecto de gestionar, acción y efecto de Administrar. La informática de Gestión, conocida bajo las denominaciones de Ofimática (oficina automática o electrónica) o Burótica, expresiones que se traducen de la expresión inglesa “Office Automation” (Automatización de oficinas), es aquella en la cual se busca la automatización de tareas rutinarias propias de las oficinas,  en este caso judiciales, notariales, etc.

Pérez Luño nos dice que se trata de la realización a través de soportes informáticos o telemáticos de operaciones destinadas a recibir y transmitir comunicaciones de cualquier tipo, de leer y escribir textos; de formar, organizar y actualizar archivos y registros; exigir y recibir pagos; estipular condiciones y controlar su cumplimiento.En la informática de gestión el producto de la elaboración es evidentemente distinto de la información que ingresa al sistema. Es diferente en su forma y en su uso, pero su sustancia se halla contenida en la información original. 
 
Como manifestáramos anteriormente, la informática de gestión se ha aplicado a las siguientes áreas, las cuales expondremos en forma sucinta a los efectos de dar una idea inicial de las mismas, gestión: registral, notarial y en estudios jurídicos, judicial y parlamentaria.

Cuarto Ciclo - Alas Peruanas
Shoke




viernes, 24 de septiembre de 2010

                 



Se basa en el principio de que el computador facilite la información adecuada al jurista para ayudarle a tomar una correcta decisión. El cúmulo de información existente, constituye una explosión documental y es la que ha dado origen a esta nueva necesidad, la cual es la de contar con procedimientos expeditos que nos permitan recuperar la información necesaria en el momento adecuado.
De esta necesidad han nacido los sistemas expertos legales que son programas capaces de efectuar análisis jurídico; vale decir, es aquel sistema mecanizado capaz de organizar procesos y analizar automáticamente un cúmulo de información y conocimientos produciendo para el usuario una caracterización deontológica de la acción que debe ejecutar. En otras palabras un consejo o una guía sobre la acción que debería realizar en forma pertinente y funcional.

GIOVANNA CAMPOS MEDINA


martes, 21 de septiembre de 2010

INFORMATICA JURIDICA

La informática jurídica es una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho. Difiere entonces del Derecho informático, que es la regulación jurídica de las nuevas tecnologías. Tiene como antecedente la jurimetría, planteada en 1949 por el norteamericano Lee Loevinger.
Según el jurista español Antonio Enrique Pérez Luño, la informática jurídica se divide en tres áreas:
  • Informática jurídica documental: automatización del conocimiento jurídico emanado de fuentes legislativas, jurisprudenciales y doctrinales;
  • Informática jurídica decisional: automatización de las fuentes de producción jurídica;
  • Informática jurídica de gestión: automatización de los procesos de administración judicial.

http://www.youtube.com/watch?v=28R-vP5w2E4&feature=related


FERNANDO BUSTAMANTE DÁVILA

domingo, 19 de septiembre de 2010

LA LIBERTAD SINDICAL Y EL USO DE LOS MEDIOS INFORMÁTICOS DE LA EMPRESA

Mucho se ha discutido ya, sobre los nuevos debates que surgen en las relaciones de trabajo, motivados por el uso de las tecnologías de la información y, en especial, el correo electrónico y la Internet. En efecto, estas -ya no tan- nuevas tecnologías han revolucionado, modificado y se han interiorizado en los usos sociales de todos los países y culturas. Así, la revolución informática –comparable a la revolución industrial- con la Internet como su principal carta de presentación, ha dado forma a nuestra actual y transformada “Sociedad de la Información” caracterizada por estas nuevas formas de acceder y de producir “información” –como uno de los elementos de mayor valor en la actualidad- así como nuevas formas de relacionarse y comunicarse con las personas.

Como no podría ser de otra forma, estos usos de la tecnología, trasladados al ámbito laboral, han creado nuevos conflictos entre trabajadores y empleadores sintetizados por un lado, en los límites del uso extra laboral de estos medios tecnológicos por los trabajadores y el control empresarial de dicho uso; y por otro lado, en la utilización de nuevas tecnologías como parte del poder de dirección y vigilancia del empresario y su limitación en función de los derechos de los trabajadores.

Son temas controvertidos; el debate sigue abierto -y se enriquece cada vez más enfrentando posiciones divergentes y pudiéndose encontrar abundante información sobre los diferentes matices y complejidades que el uso de estas tecnologías puede suscitar en el seno de las relaciones de trabajo. Así, quien se aproxime al tema se verá frente a diferentes (y a veces contradictorias) posiciones doctrinales, jurisprudenciales y –en algunos países- incluso ya legislativas. No existe, pues, a la fecha una tendencia clara respecto a las soluciones que el Derecho Laboral debe dar a estos nuevos conflictos.

En trabajos anteriores3, ya hemos tomado posición frente al conflicto –arduamente debatido- referido al control del empleador sobre el uso del e-mail asignado a sus trabajadores, sustentando bajo determinados parámetros y cumpliendo ciertas condiciones, dicho control puede ejercerse de forma legal, cuando se verifica que el trabajador no puede alegar una razonable expectativa de privacidad sobre el uso del email como herramienta de trabajo. En esta ocasión, pretendemos analizar un supuesto diferente –pero relacionado- referido al uso, esta vez, sindical del e-mail y la Internet de la empresa.

sábado, 18 de septiembre de 2010

Abogado por Internet - La actividad Comercial



ES LEGAL O ILEGAL EL EJERCICIO DE LA ABOGACIA POR INTERNET

Para el ejercicio de la abogacía en Internet requiere que los profesionales del Derecho sean reconocidos como tales y se evite el “tinterillaje en línea” o ejercicio ilegal de la abogacía en Internet, que consiste en el desarrollo de actividades jurídicas en el ámbito informático por profesionales sin formación jurídica o sin el título profesional correspondiente, en el ciberespacio.

En varios países hay normas jurídicas, (similares a la contenida en el Artículo 285 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Perú), que dispone que para patrocinar legalmente y por tanto ejercer la abogacía se requiere:

a) Tener título de abogado.-
Consultar en línea de los abogados hábiles en las páginas web de los colegios profesionales, tal como la que existe en la correspondiente página web del Colegio de Abogados de Lima.

b) Hallarse en ejercicio de sus derechos civiles.-
Se limitan el ejercicio de derechos civiles, sean por condenas privativas de libertad, de inhabilitación u otras. Esta información es recomendable que también pueda ser materia de consulta en internet.

c) Estar inscrito en el Colegio de Abogados del Distrito Judicial correspondiente, y si no lo hubiere en el Distrito Judicial más cercano.-
La inscripción en el colegio de abogados correspondiente implica el cumplimiento de determinados requisitos como la presentación del título profesional, cumplimiento de asistencia a la práctica forense, etc

Debemos tener en cuenta el concepto de la profesión de abogado, el cual tiene que adecuarse al cambio de la sociedad, por ejemplo se define que el “abogado es el Licenciado o Doctor en Derecho que, incorporado en un Colegio o habilitado ante los Tribunales, asesora y absuelve consultas, emite dictámenes por escrito, dirige técnicamente pleitos civiles y recursos administrativos y mantiene defensas o acusaciones en causas penales. O bien, se especializa en alguna de estas actividades. Aunque el Abogado completo –el Abogado completo y verdadero- es el que no pone límites a su actividad jurídica” (Martínez Val, José: 1981: 47).

Pero está definición deberá concordarse con los problemas jurídicos de Internet como quien es el juez competente y cual es la ley aplicable y asimismo a qué abogado puede recurrir tanto las personas naturales o jurídicas para

La actividad comercial
Colaboración: Jaime W. Bernal Viera - Sábado 18/Set/2010
El hombre empezó con el trueque. Hoy, basta con presionar el teclado de la computadora y hay comercio.
Estamos en el tiempo de la tecnología, es su espacio. La tecnología es una de las expresiones de la actividad del ser humano referida a la producción de métodos o artefactos. Corresponde a la dimensión de la actividad humana que los griegos llamaban "póiesis", que podemos traducir como “hacer” y que se refiere a producir. Como tal, forma parte de la cultura. Proviene de la aplicación de la razón a determinados medios, en vistas a conseguir de manera eficaz algo útil. Como tal, está subordinada a las dimensiones más esenciales de la actividad humana, en la búsqueda de la verdad y del bien.

viernes, 17 de septiembre de 2010

Contrato de Compraventa por Internet.

Internet es un medio desmaterializado por el cual se pueden realizar múltiples transacciones comerciales entre los particulares. Entre ellas podemos encontrar a la compraventa de bienes. En estas operaciones, se hace uso del ordenador sólo como herramienta de comunicación, es decir, las partes emiten sus declaraciones de voluntad a través de Internet gracias al uso de estos sistemas informáticos. En primer lugar, para lograr celebrar una compraventa es necesario acceder a una página Web que ofrezca los bienes que se demanda. Para un análisis más claro, se tomará como ejemplo el acceso a la tienda virtual www.mercadolibre.com.pe.
Ella ofrece bienes de diversa naturaleza como electrodomésticos, artesanías, artículos de cuero, discos compactos, artículos deportivos, artículos de belleza, juguetes, libros, licores, perfumes, revistas, víveres, etc.

A partir de este momento se realiza una búsqueda respecto del bien que se desea adquirir, el cual será mostrado interactivamente. En principio, lo   que tenemos ante nosotros son las características descriptivas del producto y el precio de adquisición, sin considerar aún los gastos de envío. Es necesario determinar la naturaleza jurídica de la información brindada hasta el momento.

Christian Becerra Estrella.(17/09/10)

jueves, 16 de septiembre de 2010

Noticias sobre una vieja muerta: la Informática Jurídica

Dentro de los mundos de la interacción entre el Derecho y las tecnologías, la primera disciplina en surgir fue la Informática Jurídica, que conoció sus periodos de gloria a fines de la década de los 80´ con la construcción de sistemas de bases de datos de legislación y jurisprudencia, negocio al que entraron muchas Universidades que contaban con abundante mano de obra calificada y gratuita: los estudiantes de pregrado que muchas veces fueron explotados en aras de la causa a cambio de ventajas aparentes o el cumplimiento de requisitos de titulación. La Informática Jurídica naufragó, superada por las oleadas tecnológicas e informacionales, alrededor del año 2.000 tras fecundos 20 años de existencia.
La difunta fue sólo una productora de bases de datos: acompaño e iluminó como buena maestra los primeros pasos del Derecho Informático, lo que se evidencia al constatar que muchos de los cultores de la Informática Jurídica luego se cambiaron de barco, aunque hay todavía los que predican desde el fondo del mar haciendo oídos sordos al naufragio y la evidente fosilización del discurso.




Mario Balderas Nuñez

miércoles, 15 de septiembre de 2010

Derecho informatico e informatica juridica

Definición de Derecho Informático

El primer paso para tratar del Derecho Informático, como resulta usual en el ámbito jurídico, es dar su definición. Tarea nada fácil porque en esta materia la dogmática apenas comienza. La bibliografía consultada arroja pobres resultados, dado el carácter difuso e impreciso de las definiciones que se encuentran. Proviene este buen concepto: "Conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la interrelación entre el Derecho y la informática"; empero Me parece más acertada una definición del derecho informático que se acomode al concepto enunciado por Pérez Luño (así, podríamos decir que es el conjunto de normas que, dentro de un determinado sistema jurídico, regulan los procesos de información), porque es confuso el concepto de interrelación entre el Derecho y la informática, y en realidad se regulan las conductas o hechos más que los efectos


Diferencia entre DERECHO INFORMÁTICO y  INFORMÁTICA JURÍDICA
El derecho informático es la otra cara de la moneda. En esta moneda encontramos por un lado a la informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho.
Ahora bien, la informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etcétera; y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente. Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que existe en nuestro país.
La Informática Jurídica y el Derecho informático tienen sus propios principios.


JUAN PEDRO ECHENIQUE VARILLAS

LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN


1.      La Evolución Tecnológica y social
Según Alvin Toffler en su libro: La Tercera Ola, la historia de la humanidad se puede dividir en tres etapas a las que denomina "olas". La primera "ola" corresponde a la utilización de la agricultura, cuando las primitivas sociedades dejan de ser nómadas y se crea un orden social teniendo como principal actividad la agricultura. En la segunda ola se produce  el cambio de la sociedad  agrícola a la sociedad industrial, conocida como la primera revolución industrial que  puede ubicarse entre fines del siglo XIX y principios del XX, y la tercera "ola", que corresponde al tiempo actual, caracterizada por el desarrollo y empleo de las tecnologías de la información y comunicaciones(TIC).
2.      Noción de la Sociedad de la Información
el desarrollo de las nuevas tecnologías y la electrónica han revolucionado la sociedad, con cambios que involucran un nuevo concepto del manejo de la información, la comunicación y el comercio.
Podemos decir que la sociedad de la información es  concebida como un motor de nuevos cambios, aquella que se apoya en las nuevas tecnologías; ya que surge como resultado del avance tecnológico de las telecomunicaciones y la informática, tales como el empleo de equipos y programas informáticos y la utilización de la red de redes, Internet. Pero ténganse en cuenta que la sociedad de la información no está limitada al Internet, aunque sin duda, este ha desempeñado un papel muy importante como un medio que facilita el acceso e intercambio de información y datos.
COMENTARIO

"La tecnología informática a desarrollarse en los próximos 20 años aportará soluciones  ayudará a entender el pensamiento y los objetivos   la tecnología informática creará verdaderos “archivos de conocimiento” que, gracias a complejas interrelaciones, serán capaces de analizar los problemas de la sociedad humana. Otro de los grandes desafios es el desarrollo del sistema robotico sofisticados y eficientes,  Al mismo tiempo, un propósito de gran importancia es eliminar los errores tecnológicos, desarrollando sistemas informáticos más fiables, seguros y eficaces.
la sociedad esta evolucionando cada dia.
MARIBEL ARI

Derecho Informatico

El derecho informatico es...
el derecho informatico es una rama autonoma del derecho

derecho informatico

es la regulacion legal a los nuevos fenomenos informaticos
zavaleta torres roger

LAVADO DE ACTIVOS PERU 2010

El lavado de activos, producto del narcotráfico, alcanzó US$40,000 millones en el Perú en los últimos 20 años, estimó el presidente Alan García tras lanzar un plan nacional para combatir este delito que sirve, además, para financiar a los remanentes subversivos en las zonas cocaleras.
“Lo peor es que las sociedades se acostumbran, como lo he visto en otros países, a convivir alegremente con el narcotraficante o con el que está sindicado como (sospechoso de) lavado de activos”, añadió el jefe de Estado en una ceremonia en Palacio de Gobierno.
El objetivo del plan, que involucra también al Poder Judicial, la Fiscalía y la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros (SBS), es detectar dónde están las fortunas amasadas por el narcotráfico.
“El secreto de lucha contra el narcotráfico es determinar exactamente donde están sus fortunas, y exigir en voz alta a los países más ricos del mundo, que luchan contra el narcotráfico, con la doble moral de tener todas las fortunas de los narcotraficantes en cuentas cifradas y escondidas”, refirió.
DATO
  • Perú y Colombia son los principales productores de hoja de coca y cocaína en el mundo, pero la droga producida por las mafias en territorio peruano se dirige en un 70% a Europa, según las autoridades locales.

Derecho Informatico.

Como es conocido ,toda ciencia para ser tal debe tener un objeto material que es la cosa que estudia y un objeto formal que es el punto de vista desde el cual se estudia esa cosa.Asi, el hombre puede ser estudiado desde diversos puntos de vista; podemos atender especificamente a la forma en que realiza sus procesos intelectuales y emocionales,entonces tendremos la psicologia,quiza solo nos centremos en los organos que lo componen,entonces nos hallaremos ante la anatomia,o puede ser tambien que solo nos interesa conocer de sus dientes,entonces aparecera esa ciencia que nos ha aliviado de tantos dolores y que conocemos como la odontologia.

Atte. José Hugo,Orejón Ygreda.
"el que sabe y no sabe decir lo que sabe es igual al que no sabe"

PERSEVERANCIA

LO UNICO QUE TE LLEVARRAS CUANDO TE MUERAS SON TUS CONOCIMIENTOS

martes, 14 de septiembre de 2010

LEY N° 27269

El 28 de mayo del año 2000 fue publicado en el diario oficial El Peruano la ley N° 27269, que es la ley de firmas y certificados digitales. Consta de 16 artículos.
Esta ley tiene por objeto regular la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad.

Artículo proporcionado por: Cesar Ardiles Campos

domingo, 12 de septiembre de 2010

IMPORTANCIA DE LA INFORMÁTICA EN LA ACTIVIDAD DIARIA DEL ABOGADO

El uso de estas herramientas o aplicaciones, ha significado un gran cambio y modernismo para los profesionales abogados que en menos de 10 años han pasado de la maquina de escribir, a la computadora utilizando programas gestores de texto como Word y sistemas operativos como el antiguo D.O.S, Windows 98, y los que están a la avanzada Windows XP).

El abogado debe usar todos los adelantos tecnológicos que tenga a su alcance en pos de cumplir uno de los objetivos que busca todo jurista el de otorgar una respuesta pronta, eficaz y oportuna en pos de la Administración de Justicia.

A través de la informática se han creado sistemas informáticos para el Poder Judicial,  para brindar un mejor servicio, pronto, transparente y eficaz al mundo litigante. Así por citar alguno tenemos el sistema HAMMURABI que funciona brindando apoyo a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.


Alejos Reategui giovanna

sábado, 11 de septiembre de 2010

CONCEPTOS DE INFORMATICA

Cuando pensamos en la informatica, evocamos en nuestra memoria imagenes como redes, computadoras, antenas, programas de sofware, correos electronicos.
La palabra informatica deriva del vocablo frances "Informatique",  que significa el tratamiento automatico de la informacion.
La Real Academia define la palabra informatica como "el Conjunto de conocimientos cientificos y tecnicas que hacen posible el tratamiento automatico de la informacion por medio de calculadoras electronicas.
En la actualidad la informatica tiene multiples definiciones como son:
1.- Ciencia del tratado sistematico y eficaz.
2.- Disciplina que estudia el fenomeno de la informacion.
3.- Aplicacion racional y sistemica de la informacion para el desarrollo.
4.- Tratado logico y automatico de la informatica.

                                                                              Alumna: Karina Adriazola Roller

viernes, 10 de septiembre de 2010

DERECHO INFORMÁTIVO

  •  Es la ciencia que estudia la regulación normativa de  la informática y su aplicación en los campos.

  • La informática constituye el objeto inmediato del derecho informático y la información su objeto mediato.