Earn money with AlertPay El Liberalismo es la unica salida a la pobreza: 4 oct 2010

lunes, 4 de octubre de 2010

Visión Actual Del Derecho Informatico Y La Informatica Juridica

La sociedad actual a través de la generación e implantación de nuevas tecnologías y avances científicos considerables, ha desarrollado beneficios y ciertas desventajas en todos sus aspectos y latitudes a los receptores de las mismas; generando como corolario inexcusable, los permanentes cambios vertiginosos, y en alguna medida y sector, trascendentales, que de algún modo persiguen la satisfacción de los requerimientos propios de cada persona, en su búsqueda de la felicidad y superación personal.

Es así, que en nuestro país asistimos a una exhibición de nuevas  tecnologías de la información, del empleo de medios electrónicos para la consecución de determinados actos, a la insuperable velocidad de tráfico que permite la telemática, al surgimiento de cada vez mas softwares que facilitan la vida al ser humano y la hace mucho más ligera; estos acontecimientos que en suma permiten un desarrollo integral en sus potencialidades, traen consigo –si en uso hay excesos y extralimitaciones – la generación de problemas jurídico sociales que es menester ser absueltos prontamente por la legislación pertinente.
La incursión de la informática en todos los niveles de las ciencias, está cambiando las viejas formas de pensar en la medicina, astronomía, contabilidad, y por supuesto en la ciencia jurídica; es por ello el inevitable requerimiento de contar con una regulación normativa que se encuentre acorde con dichos cambios, en el caso peruano nuestra constelación normativa es muy incipiente respecto a éstos fenómenos, lo que amerita cambios sustanciales en el marco legal imperante y sobre todo el que se voten normas que regulen mas eficiente e integralmente, ésta revolución informática.
Y es que entre el Derecho y la Informática se podrían apreciar dos tipos de interrelaciones, si se toma como enfoque el aspecto netamente instrumental, se está haciendo referencia a la informática jurídica. Pero al considerar a la informática como objeto del Derecho, se hace alusión al Derecho de la Informática o simplemente Derecho Informático. Como se puede vislumbrar, no solamente la informática sería objeto de estudio sino sería un instrumento para el estudio, lo que permitiría sostener que la regulación normativa no solamente debería ir por un solo lado, es decir por el derecho informático, sino también por el de la informática jurídica.
En efecto, y tal como lo sostienen la corriente doctrinaria dominante, la informática no puede juzgarse en su simple exterioridad, como utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, pura y llanamente; sino que, en el modo de proceder se crean unas relaciones intersubjetivas de las personas naturales o jurídicas y de entes morales del Estado, y surgen entonces un conjunto de reglas técnicas conectadas con el Derecho, que vienen a constituir medios para la realización de sus fines, ética y legalmente permitidos; creando principios y conceptos que institucionalizan la Ciencia informática, con autonomía propia. Esos principios conforman las directrices propias de la institución informática, y viene a constituir las pautas de la interrelación nacional-universal, con normas mundiales supra nacionales y cuyo objeto será necesario recoger mediante tratados internacionaloes que hagan posible el proceso comunicacional en sus propios fines con validez y eficacia universal.
A renglón seguido es precito acotar, y entrando ya al respecto que nos ocupa, que la Informática Jurídica y el Derecho Informático a nivel de la República del Perú, atraviesa por una magrez legislativa, lo que se ve reflejado que en los campos del comercio electrónico, firma digital, protección del derecho a la intimidad, entre otros aspectos fundamentales, su normatividad no permita otorgar cuando menos, seguridad jurídica sobre estos temas.
Asimismo debemos de advertir, que en nuestro país el desarrollo doctrinario sobre estas materias no es tan proficuo, existiendo limitaciones para acceder al conocimiento de esta rama del derecho, sirviendo además la presente investigación para paliar en parte éste ayuno obligatorio que atravesamos.
Como se puede otear en el decurso de estas líneas, la informática al incursionar en el campo del Derecho ha revolucionado y trastocado los conceptos primigenios que se tenían, verbigracia, la notificación vía correo electrónico, los contratos celebrados por la Internet, la firma digital; y ello al adolecer de una exigua, no sólo legislación, sino además doctrina; dificulta sobremanera la solución de los problemas jurídicos que se presentan día a día.
                                                                                       
                                                                                       ALUMNA: PEGUI GUILLEN RAMIREZ