Earn money with AlertPay El Liberalismo es la unica salida a la pobreza: 12/01/2010 - 01/01/2011

miércoles, 8 de diciembre de 2010

EL CIGARRO ELECTRÒNICO SIN NORMAS EN EL PERÙ


 EL CIGARRO YA LLEGÒ A LIMA
- ¿Ha soñado alguna vez en fumar de una manera más sana, o en dejar de fumar?
El Cigarro Electrónico es seguro, más barato y más sano y además puede ayudarle a dejar de fumar si usted lo desea. El Cigarro Electrónico es una alternativa a los cigarros tradicionales. Podrá fumar en cualquier lugar, de una manera avanzada sin molestar a otras personas, ya que el humo que desprende, no es perjudicial para la salud. El Cigarro Electrónico es un descubrimiento de la alta micro tecnología de evaporación y funciona con una batería recargable.
- DESCUBRA UNA NUEVA MANERA DE FUMAR
Con los cigarros tradicionales usted absorbe muchas sustancias, aditivas tóxicas y cancerígenas, como alquitrán y monóxido de carbono. El Cigarro Electrónico, parece un cigarro tradicional dada su apariencia, se fuma como un cigarro tradicional, pero sólo le proporciona nicotina, sabor, aroma y humo (vapor de agua). NO contiene más aditivos ni sustancias dañinas (cancerigenas) para sus pulmones.
- ¿VENTAJAS SOBRE EL CIGARRO ELECTRONICO?
  • Fumará donde no se puede fumar con un cigarro tradicional.
  • No molestará a nadie de su entorno, no más fumadores pasivos.
  • No aditivos cancerigenos como alquitrán y monóxido de carbono.
  • No dientes y dedos amarillos.
  • No ceniceros llenos.
  • No malos olores en casa o oficina.
  • No quemaduras.
  • Dejar de fumar sin molestias secundarias y disfrutando a la vez.
  • Hasta un 60% más barato (1 cartucho 1,30 € = 20 cigarros tradicionales).
El cigarrillo electronico se fuma de una manera similar a un cigarrillo tradicional. Se ve, se siente y sabe a un cigarrillo y brinda todos los placeres de fumar, evitando todos los inconvenientes. El secreto que  hace que sea mejor que un cigarrillo  tradicional es lo que hay en el interior de este nuevo y revolucionario producto.
El Cigarro Electrónico no es inflamable, está impulsado por la tecnología moderna de microelectrónica. Una pequeña batería recargable y un único y seguro cartucho reemplazable que contiene agua, propylene glycol, nicotina, y un sabor  que simula el aroma a tabaco. Ninguno de estos ingredientes son considerados agentes causantes del cáncer.
Los cigarrillos tradicionales contienen comúnmente tabaco, nicotina, pegamento y papel, que en el momento de encenderlo, junto con cientos de aditivos, perjudican a casi todos los órganos del cuerpo y causan cáncer, y enfermedades cardiovasculares y respiratorias.
Cuando se utiliza el cigarrillo electrónico, al inhalarlo y fumarlo nos calma el  ansia táctil y obtenemos las  satisfacciones tradicionales que los fumadores buscan,  desencadena un proceso de vaporización que con resultado de humo que es en realidad una niebla de vapor no agresiva que se evapora en el aire en unos pocos segundos.
El Cigarro Electrónico contiene nicotina, pero ninguna de las sustancias cancerigenas del tabaco. El humo que sale es vapor que sabe a tabaco por su aroma y sabor.
El cigarro electrónico parece  un cigarro normal. Para fumar se cambian los depósitos de nicotina que se pueden elegir entre: cero, baja, media y alta. Los depósitos cero no contienen nicotina, pero tienen aroma y sabor a tabaco.
En el interior se encuentra un compartimiento para una batería de litio, un circuito electrónico para la dosificación de la nicotina, así como una luz de quemado disimulada.
Un evaporizador  que produce humo que contiene vapor y nicotina.
Si está inhalando, una luz roja en el extremo delantero del aparato indica que la nicotina se está disolviendo en el humo y da la apariencia de un cigarrillo común.
En los depósitos de nicotina se encuentra una solución con nicotina, aroma y sabor a tabaco que se evaporiza y se libera inhalando. Al fumador le da la impresión de estar fumando un cigarro de verdad.
Siga fumando, sin molestar a su entorno.
UNA NUEVA MANERA DE FUMAR.
Advertencia: El Cigarro Electrónico no tiene ni substancias cancerigenas ni alquitrán, así es mucho menos peligroso para la salud, también la OMS lo recomienda. Se puede reducir o aumentar el contenido de nicotina, aunque es aconsejable ingerir poca. La nicotina perjudica el corazón, la tensión arterial y los coronarios, puede causar infartos.
El Cigarro Electrónico no es apropiado para niños y adolescentes menores de 18 años, personas que tengan alergia a la nicotina, embarazadas y lactancias.







sábado, 4 de diciembre de 2010

Fedatarios Informáticos


Los Fedatarios Informáticos son depositarios de la fe pública en materia informática conforme al Decreto Legislativo Nº 681 – "Ley del Uso de Tecnologías Avanzadas en materia de generación, transmisión y archivo de documentos e información electrónica de entidades públicas y privadas, y la Ley Nº 27269 – "Ley de Firmas y Certificados Digitales", en términos de seguridad jurídico – informática internacionalmente aceptados.

Les corresponde dirigir y responsabilizarse de los procesos de micrograbación o conversión de documentos en papel o soporte electrónico hacia microformas digitales con valor legal y probatorio. Dan énfasis al control de calidad de los documentos micrograbados, con el objeto de lograr el uso eficiente de los documentos virtuales en la gestión documental de las empresas.

En el ejercicio de sus funciones, también tienen la calidad de Peritos Informáticos, por lo que les compete la sustentación jurídica de la certeza y validez legal de las microformas digitales ante autoridades judiciales, administrativas y extrajudiciales, reduciendo con ello los costos de transacción legales que implican la Prueba Informática en el uso de documentos o información electrónica bajo cualquiera de sus modalidades (correos electrónicos, páginas web, mensajería instantánea, etc.).

El artículo 3 de Decreto Legislativo N° 681 está referida a los fedatarios informáticos y dispone lo siguiente:

II. FEDATARIOS
"Artículo 3°.- Son competentes para actuar como funcionarios de la fe pública, para los efectos de esta ley:
a) Los notarios públicos.
b) Los fedatarios públicos y particulares juramentados comprendidos en el artículo 4

Estos profesionales se consideran depositarios de las fe pública y mantienen en todo momento su independencia de las empresas a las que ofrecen sus servicios.

Artículo 4°.- Para ser fedatario juramentado, apto para desempeñar las funciones previstas en esta ley, ha de cumplirse los siguientes requisitos:

a) Reunir las condiciones exigibles para postular a plaza de notario público, y acreditarlo ante el Colegio de Abogados de la jurisdicción.

b) Haber obtenido el diploma de idoneidad técnica, de acuerdo a las pautas que señale el reglamento.

c) Inscribirse y registrar su firma en el Colegio de Abogados de la jurisdicción.

d) Prestar juramento ante el Presidente de la Corte Superior o ante el magistrado a quien éste delegue esta atribución.

Los notarios públicos solamente tienen que cumplir el requisito indicado en el inciso b) y presentar el respectivo título en su colegio notarial.

Los Fedatarios Públicos y Particulares juramentados deberán, periódicamente, una vez obtenido el certificado de idoneidad técnica, tener una capacitación continua a través de cursos, seminarios de actualización y especialización que serán organizados por el Colegio de Abogados y/o por el Colegio de Notarios de su jurisdicción, en concordancia con lo establecido en Artículo 6 del D.S. N° 009-92-JUS. Esta obligación deberá ser cumplida en forma constante por los Fedatarios Públicos y Privados y generará el puntaje que precise el reglamento, para efectos de su ratificación cada cinco años. La ratificación será realizada por el Colegio de Abogados y/o Notarios que emitió el certificado de idoneidad técnica, previa evaluación académica, conforme el procedimiento precisado en el Reglamento. (Texto adicionado por el Artículo 2° de la Ley Nº 26612).”
Gloria Mileny Valdiviezo Valdiviezo.
Aula 404